Importancia del APV en su pensión futura

Ahorrar para disfrutar de una vida plena en nuestra vejez y para tranquilidad de nuestras familias, es una de las mayores responsabilidades que ofrece Bice Inversiones. Una de las formas más eficientes de realizar hoy su APV es a través de los productos de la entidad.

A continuación mencionaremos un ejemplo para que puedas comprender la Importancia del APV en su pensión futura:

Si una persona desde los 25 años sólo hubiese realizado su cotización obligatoria, al momento de jubilarse tendría una pensión de $1.355.373. Pero si hubiese realizado Depósitos de APV de $50.000 mensuales desde la misma edad, su pensión sería de $1.833.796:

INGRESO PENSION ($) SIN APV CON APV
Sólo Cotización Obligatoria 1.355.373 1.355.373
Aumento con APV 0 460.550
Pensión Total Mes 1.355.373 1.815.923

El siguiente gráfico muestra cómo se vería incrementada su pensión mensual, en relación a la edad en la que usted inicie su Ahorro Previsional Voluntario (tomando como ejemplo $50.000 de depósito de APV mensuales):

Aumento de su pensión mensual

Supuestos:

Cotización de $ 1.834.615 desde el inicio. 66 UF al 25 de mayo del 2011, UF de $ 27.797,19 Cifras en pesos al 25 de mayo de 2011, Cónyuge 2 años menor, escenario sin Inflación, Rentabilidad 6%, Tasa de descuento capitales necesarios (% anual) 5,5%.

Es decir que mientras antes comience su APV, mayor será el beneficio que usted tendrá al momento de jubilarse.

1.- Beneficio del APV en el momento del aporte:

A partir de la Reforma a la ley de pensiones se definió que cualquier cotizante puede destinar hasta UF 50 de su renta mensual (UF 600 anuales) para Depósitos de Ahorro Previsional Voluntario, monto que podrá ser descontado de la base imponible tributaria, obteniendo así un ahorro de impuestos. Mientras mayor sea el tramo de impuestos en que se ubique, mayor será el beneficio tributario. Este ejemplo muestra cómo opera la rebaja de impuestos al realizar Depósitos de APV, para una persona con renta bruta de $3.200.000

SIN APV CON APV
Renta Bruta $3.200.000 $3.200.000
Descuentos Legales (19,5%) $285.011 $285.011
Ahorro Previsional Voluntario $200.000
Base Tributable $2.914.989 $2.714.989
Impuesto con Tasa Mg. 25% $ 283.077 $233.077
Renta Líquida $ 2.631.912 $2.481.912

En conclusión, la persona realizó Depósitos de APV de $200.000, pero su sueldo líquido sólo disminuyó en $150.000, es decir, obtuvo un beneficio tributario del 25% del monto ahorrado ($ 50.000).

Sobre un tope de UF 66. Valor UF:31/05/2011 = $21.809,84.
Rebaja Tramo 25%: $445.669,78 (tabla de Impuesto Único de 2da categoría, Mayo 2011).

El monto de excedente de Libre Disposición determinado al momento de pensionarse, podrá ser retirado libre de impuesto hasta por un máximo anual equivalente a 200 UTM, en la medida que los aportes que den origen a dicho excedente tengan al menos 48 meses de antigüedad. La exención total no podrá superar las 1.200 UTM (200 UTM anuales por 6 años). Alternativamente, se puede optar por retirar 800 UTM por una sola vez. El retiro de excedente por sobre los montos antes mencionados, de existir, se sumarán a las otras rentas que reciba el pensionado durante el año en que realice dicho movimiento y por lo tanto tributarán sobre la base del impuesto Global Complementario del año del retiro.

La exención de impuestos no es aplicable a lo acumulado a través de Depósitos Convenidos, sin embargo, podrán ser retirados como Excedente de Libre Disposición, tributando sobre la base del impuesto global complementario del año del retiro.

 

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