Controlan Límites a Banca local en el Exterior

   Se establece un nuevo límite global para depósitos a la vista y a plazo. En consecuencia, para la suma de los depósitos a la vista y a plazo, incluyendo los depósitos overnight, efectuados en entidades financieras del exterior vinculadas directa o indirectamente con la propiedad o gestión del banco depositante. Los perfeccionamientos se focalizan en robustecer los depósitos de bancos establecidos en Chile en entidades del exterior, indicaron los organismos reguladores.

Así, se establece un límite global ascendente al 25% del patrimonio efectivo del banco depositante .

Considerando la situación de la banca internacional, la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras (SBIF), habiendo obtenido el informe previo favorable del Banco Central de Chile, el cual perfeccionó sus normas sobre créditos hacia el exterior. El Banco Central de Chile es un organismo autónomo y de rango constitucional, de carácter técnico, con personalidad jurídica y patrimonio propio, que tiene por objeto velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos en Chile; para ello tiene diversas atribuciones en materias monetarias, financieras, crediticias y de cambios internacionales.

Este Banco tiene como objetivo principal el velar por la estabilidad de la moneda y el normal funcionamiento de los pagos internos y externos. Para esos efectos, tiene atribuciones para la regulación de la cantidad de dinero y de crédito en circulación, la ejecución de operaciones de crédito y cambios internacionales, como, asimismo, la dictación de normas en materia monetaria, crediticia, financiera y de cambios internacionales.

Con respecto al límite anteriormente nombredo , la suma de los depósitos a la vista y a plazo , incluyendo los depósitos overnight, efectuados en una misma entidad financiera del exterior, no podrán superar el 5% del patrimonio efectivo del banco depositante. Este límite se podrá extender hasta el 30% de dicho patrimonio efectivo, dependiendo de la clasificación de riesgo del banco depositario .

La motivación de la SBIF para efectuar este ajuste normativo tiene por propósito obtener un mayor nivel de convergencia a los lineamientos que en esta materia contemplan los mejores estándares bancarios internacionales.

Específicamente, el cambio normativo considera perfeccionamientos a los depósitos a la vista en el límite individual vigente para los depósitos a plazo.

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