Cuenta de ahorro

Puede estar constituida en pesos, dólares estadounidenses o, si existiera autorización del Banco Central, otras monedas extranjeras. Los retiros de fondos se realizan en el momento que el cliente lo necesite, limitados al saldo disponible.

Pueden ser titulares de caja de ahorros las personas mayores de edad que disponen libremente de lo producido de su trabajo lícito.

Una persona jurídica no puede ser titular de una caja de ahorro. Existen cuentas especiales para personas jurídicas.

Cada vez que el cliente realiza un depósito en una caja de ahorro, el banco está obligado a extender un comprobante. La boleta de depósito sellada por el banco es la constancia del depósito efectuado, y en el caso de que el depósito se efectúe por cajero automático, la constancia se expide mecánicamente.

Los depósitos en caja de ahorros generan intereses, aunque muy bajos porque el sentido de la caja de ahorros es guardar su dinero y tenerlo disponible cuando lo desee. Los intereses se liquidan por períodos vencidos no inferiores a 30 días y se acreditan en la cuenta en las fechas convenidas.

En caso de corresponder, el banco debe comunicar anticipadamente a sus clientes si se requieren saldos mínimos para la generación y liquidación de intereses.

Los bancos deben enviar al titular un resumen de la cuenta con el detalle de los débitos y créditos, por cualquier concepto, y los saldos registrados en el período que comprende. Este resumen debe ser enviado como mínimo trimestralmente, y dentro de los 10 días corridos desde la fecha de cierre establecida. Además, en ese resumen debe especificarse el importe total debitado en el período en concepto de «Impuesto a las transacciones financieras».

Los costos por el funcionamiento de la caja de ahorro deben ser especificados entre las condiciones de apertura. El detalle debe constar en el resumen de cuenta que las entidades financieras envían a su titular.

Los costos de mantenimiento de una cuenta son concertados entre su titular y el banco. Cuando se trata de gastos incurridos por la entidad, la compensación debe responder a la reposición de una erogación efectuada, y las comisiones a la real prestación de un servicio.

Cuando una persona quiere cerrar una caja de ahorro, debe comunicárselo formalmente al banco y retirar el saldo total (capital e intereses). El banco debe proporcionarle al cliente la constancia del cierre.

Un banco puede cerrar una cuenta por decisión propia, pero debe comunicárselo a los titulares por correo mediante pieza certificada, por lo menos 30 días corridos antes del cierre y traslado de los fondos a saldos inmovilizados. En los casos de cuentas que registren saldos inferiores a 20 veces el valor de la pieza postal certificada del Correo Argentino, la comunicación del cierre de la cuenta puede efectuarse mediante una publicación de carácter general, por una vez, en dos diarios de circulación en las localidades en las que se hallan ubicadas las casas de la entidad respectiva.

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